El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) recoge hoy la
Resolución conjunta de las Direcciones Generales de Producción Agrícola
y Gestión del Medio Natural por las que se declara el área de
emergencia cinegética temporal por daños de cerdos asilvestrados en
varios términos municipales de las provincias de Cádiz, Málaga y
Sevilla, entre los que se encuentra el de Marchena.
Esta Resolución,
que da continuidad a la publicada en la pasada temporada, ha sido bien
acogida por la Federación Andaluza de Caza que, de hecho, ha colaborado
activamente en la elaboración del texto legal que establece las medidas
para el control y posible erradicación de las poblaciones de cerdos
asilvestrados que han proliferado en los últimos años en las provincias
citadas y que constituyen un peligro, por la posible transmisión de
enfermedades, tanto para las poblaciones cinegéticas como para las
ganaderas.
La delimitación del área de emergencia cinegética temporal comprende los siguientes términos municipales de las provincias de Cádiz, Málaga y Sevilla:
- Cádiz: Alcalá de los Gazules, Alcalá del Valle, Algar, Algeciras, Algodonales, Arcos de la Frontera (sólo la parte sur hasta la carretera A-384), Barbate (sólo el monte El Retín, CA-70007-EP), Benalup-Casas Viejas, Benaocaz, Barrios (Los), Bosque (El), Castellar de la Frontera, Chiclana de la Frontera (la parte del t.m. al este de la autovía A-48), Conil de la Frontera (la parte del t.m. al este de la carretera N-340), Gastor (El), Grazalema, Jerez de la Frontera (sólo la parte sureste hasta la carretera A-382), Jimena de la Frontera, Medina-Sidonia, Olvera, Paterna de Rivera, Prado del Rey, Puerto Serrano, San José del Valle, San Roque, Setenil de las Bodegas, Tarifa, Torre Alháquime, Ubrique, Vejer de la Frontera (la parte del t.m. al este de la carretera N-340), Villaluenga del Rosario y Zahara.
-Málaga: Todos los términos municipales de la provincia.
- Sevilla: Aguadulce, Alcalá de Guadaíra, Algámitas, Arahal (El), Aznalcázar, Badolatosa, Casariche, Coripe, Coronil (El), Corrales (Los), Écija, Estepa, Gilena, Isla Mayor, Lora de Estepa, Marchena, Osuna, Pruna, Martín de la Jara, Montellano, Morón de la Frontera, Pedrera, Puebla de Cazalla, Roda de Andalucía (La), Saucejo (El), Utrera, Villamanrique de la Condesa y Villanueva de San Juan.
Las modalidades o medios de captura que podrán realizarse en terrenos cinegéticos y no cinegéticos incluidos en estos términos municipales serán las capturas en vivo mediante capturaderos ó el empleo de armas de fuego (incluido el arco)en las condiciones que se detallan en la Resolución que se adjunta al final de esta noticia.
Las sociedades de cazadores correspondientes a los municipios incluidos en la Resolución que estén interesadas en realizar el control de cerdos asilvestrados deberán dirigirse al Servicio Técnico de la FAC correspondiente a su Delegación Provincial de la Federación, donde además se le ampliará la información sobre esta normativa y se resolverán todas las dudas.
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